PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Plazo abierto desde el 18 de enero de 2024.
OBJETO
Regular y dar publicidad del modelo normalizado de solicitud de inclusión en el Plan autonómico de impulso y aceleración de proyectos industriales (código de procedimiento IN230C), que se recoge en el Anexo I de las bases reguladoras.
PERSONAS DESTINATARIAS
Podrán presentar la solicitud las empresas promotoras de proyectos que cumplan con lo establecido en el artículo 68.b) del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial, aprobado por el Decreto legislativo 1/2015, de 12 de febrero, en virtud del cual se podrán incluir en el Plan autonómico de impulso y aceleración de proyectos industriales aquellos proyectos que, sin cumplir los requisitos establecidos para los proyectos industriales estratégicos, se considere que por sus características tengan un interés e incidencia cualificada para el desarrollo o ejecución de la política industrial gallega y el tejido industrial gallego.
Para valorar el interés e incidencia cualificada de los proyectos industriales se tendrán especialmente en cuenta, entre otros factores que pueden estar presentes en la ejecución de los proyectos, los recogidos en el artículo 69 de dicho texto refundido:
a) Su inserción y coherencia con los instrumentos en los que se desarrolle la política industrial gallega.
b) El impacto positivo que su ejecución comporte en un sector específico del tejido industrial gallego.
c) La mejora de la competitividad de la industria gallega.
d) La promoción de la internacionalización y de la atracción de inversiones en el tejido empresarial gallego y la necesidad de evitar la deslocalización empresarial.
e) Las necesidades derivadas de la promoción de las pequeñas y medianas empresas.
f) La cohesión social, el equilibrio territorial y la creación y el mantenimiento de puestos de trabajo de calidad.
g) La susceptibilidad de ser financiado el proyecto con fondos comunitarios.
Adicionalmente, la inversión prevista en estos proyectos industriales deberá ser superior a 800.000 euros en activos fijos, excluidos los inmobiliarios.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
El procedimiento IN230C es un procedimiento administrativo de plazo abierto y se puede instar su inicio desde el 18 de enero de 2024.
DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA
1.Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:
a) El proyecto de implantación o de ampliación de la instalación industrial, incluyendo la documentación gráfica y la reglamentación detallada del uso pormenorizado, volumen, características técnicas y funcionales y condiciones de diseño y adaptación al ambiente.
b) Una memoria sobre la viabilidad económico-financiera del proyecto industrial, que, en todo caso, deberá contener la inversión prevista y el número de empleos directos e indirectos que se prevé crear.
c) La delimitación del ámbito territorial afectado y el análisis de la relación del contenido del proyecto con el planeamiento urbanístico vigente, con las directrices de ordenación del territorio y, mediante el correspondiente análisis de compatibilidad estratégica, con otros instrumentos de ordenación del territorio vigentes en el ámbito objeto de la actuación.
d) El compromiso de que la solicitud de licencia urbanística que, en su caso, se deba presentar en su día se acompañará de una certificación de conformidad con la legalidad urbanística y el plan aplicable, emitida por una entidad de certificación de conformidad municipal.
e) La descripción de las posibles afecciones del proyecto: ambientales, a la salud pública, al patrimonio cultural, a los sistemas generales de infraestructuras o a cualquier otro valor o elemento que se haya detectado.
f) La justificación del interés e incidencia cualificada para el desarrollo o ejecución de la política industrial gallega y del tejido industrial gallego, de acuerdo con lo establecido en el artículo 69 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial.
g) Otra documentación relativa al proyecto que la persona solicitante desee aportar.
2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente