BENEFICIARIAS
– Empresas, incluyendo las empresas de servicios energéticos.
– Gestores de polígonos industriales.
– Personas jurídicas o agrupaciones de empresas que realicen actividades económicas.
– Entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades económicas.
– Comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía.
– Personas físicas que realicen una actividad económica (autónomos).
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y en otros sectores productivos.
Para los programas de incentivos 1 y 2, la subvención máxima a percibir se corresponderá con los 5 primeros MW de potencia de la instalación.
Los proyectos que se subvencionen serán:
– Para los programas de incentivos 1 y 2, las instalaciones de fotovoltaica y/o eólica para autoconsumo, con o sin almacenamiento.
– Para el programa de incentivo 3, la incorporación de almacenamiento en instalaciones de fotovoltaica y/o eólica existentes.
Se considerarán elegibles las instalaciones de almacenamiento que cumplan las siguientes características:
– No puede estar conectado directamente a la red.
– Ratio de capacidad / potencia generada ≤ 5 kWh/kW salvo instalaciones aisladas de la red.
– Las tecnologías plomo-ácido no serán elegibles.
Todas las instalaciones deberán contar con un sistema de monitorización de la energía eléctrica producida por la instalación objeto de subvención.
INTENSIDAD DE LA AYUDA
Los porcentajes de ayuda se calcularán según lo establecido en el Anexo III del RD 477/2021, en función de la tecnología renovable empleada y la potencia de generación.
PROGRAMA DE INCENTIVOS 1 Y 2 |
||||
TECNOLOGÍA RENOVABLE |
POTENCIA |
% AYUDA |
||
Gran Empresa |
Mediana Empresa |
Pequeña Empresa |
||
FOTOVOLTAICA |
10 KWp < P ≤ 5000 KWp |
15% |
25% |
35% |
P ≤ 10 KWp |
15% |
25% |
45% |
|
EÓLICA |
500 < P ≤ 5000 KWp |
20% |
30% |
40% |
P ≤ 500 KW |
30% |
40% |
50% |
PROGRAMA DE INCENTIVOS 1, 2 y 3 |
|||||||
ALMACENAMIENTO |
POTENCIA |
% AYUDA |
|||||
Gran Empresa |
Mediana Empresa |
Pequeña Empresa |
|||||
ALMACENAMIENTO |
P ≤ 5000 KWp |
45% |
55% |
65% |
|||
Se consideran también las siguientes ayudas adicionales:
ADICIONALES |
AYUDA |
ELIMINACIÓN AMIANTO EN CUBIERTA |
210 – 450 – 660 €/KWp (en función de la potencia) |
INSTALACIÓN MARQUESINA |
500 €/KWp |
RETO DEMOGRÁFICO |
+5% adicional (*) |
(*) Municipios de hasta 5,000 habitantes o municipios no urbanos de hasta 20,000 habitantes cuyos núcleos urbanos tengan un población igual o menor a 5,000 habitantes, según Anexo III A4.